Pleno del Ayuntamiento de Navalcarnero
Comunidad de Madrid
Contrato de concesión de servicios para la gestión y explotación del Complejo Funerario de Navalcarnero y las obras de ampliación del cementerio municipal.
Resumen del contrato
Contrato de concesión de servicios para la gestión y explotación del Complejo Funerario de Navalcarnero y las obras de ampliación del cementerio municipal.
Criterios de Adjudicación
- Aumento del número de unidades libres de reserva mínima20%
- Memoria descriptiva de la explotación del complejo funerario y sus instalaciones y obras de ampliación del cementerio municipal40%
- Disminución del plazo de ejecución de las obras de fase 15%
- Aumento del canon establecido20%
- Incremento de obra de fase 115%
Requisitos y Solvencia
- Volumen anual de negocios
VER PUNTO D.1 DEL APARTADO 8.1.B DEL ANEXO I DEL PCAP: d.1) Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera, de conformidad con el Artículo 87.1.a de la LCSP y 11.4.a del RGLCAP: El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador. Requisitos mínimos de solvencia económica y financiera: - Respecto al volumen anual de negocios de los licitadores, se deberá acreditar, en uno de los tres últimos ejercicios concluidos, un volumen anual de negocio por un importe igual o superior a 389.322,85 euros (una vez y media el valor anual medio del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 87.3.a de la LCSP). Medio de acreditación: - Declaración responsable del licitador indicando el volumen anual de negocios de los tres últimos ejercicios concluidos. - Cuentas anuales de los tres últimos ejercicios concluidos aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil (Artículo 87.3.a LCSP y Artículo 11.4.a RGLCAP).
- Relación de principales suministros (OSR)
VER PUNTO D.2 DEL APARTADO 8.1.B DEL ANEXO I DEL PCAP: d.2) Documentación acreditativa de la solvencia técnica o profesional, de conformidad con el Artículo 90.1.a de la LCSP y 11.4.b del RGLCAP: El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será el de la experiencia en la realización de servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años. Requisitos mínimos de solvencia técnica o profesional: Los licitadores deberán acreditar en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, un importe anual acumulado igual o superior a 181.684,00 euros, en el año de mayor ejecución de los tres últimos ejercicios concluidos (70 por ciento de la anualidad media del contrato, IVA no incluido, de conformidad con el Artículo 90.1.a y 90.2 de la Ley). Medio de acreditación: - Relación de los principales servicios o trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, realizados en los últimos tres años, que incluya importe, fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos. - Certificados acreditativos de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público; y cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. - A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a este último se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros, y en los demás casos a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. Empresas de nueva creación: VER PUNTO D.2 DEL APARTADO 8.1.B DEL ANEXO I DEL PCAP.
- Consideraciones de tipo medioambiental
Promoción del reciclado de productos y el uso de envases reutilizables.
- Consideraciones de tipo social
Promoción del empleo de personas con especiales dificultades de inserción en el mercado laboral. Medidas para prevenir la siniestralidad laboral.
Descubre si esta licitación encaja contigo
Documentación oficial adjunta (9)
- PDFPCAP 077CONSER25.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPPT 077CONSER25.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP ANEXOS 077CONSER25.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFEstudio de Viabilidad 077CONSER25.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFCertificado Pleno aprobación del Estudio de ViabilidadPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFESTUDIO DE VIABILIDADPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoConcesión de Servicios
- CategoríaCPV 98371110
- Expediente077CONSER25
- Publicado11 sept 2026

