Presidencia de la Entidad Local Menor Isla Redonda La Aceñuela
Andalucía
construcción de un nuevo museo como actuación estratégica de interés local, destinada a recuperar y poner en valor un inmueble con especial significado para el municipio. La Excma. Diputación Provincial de Sevilla ha concedido los programas Sevilla 107 y Más Sevilla.
Resumen del contrato
construcción de un nuevo museo como actuación estratégica de interés local, destinada a recuperar y poner en valor un inmueble con especial significado para el municipio. La Excma. Diputación Provincial de Sevilla ha concedido los programas Sevilla 107 y Más Sevilla.
Criterios de Adjudicación
- Mejora 1 Termografía infrarroja de la envolvente15%
- oferta económica60%
- Mejora 2 Tratamiento consolidante e hidrofugante en fábricas existentes9%
- Mejora 3: Dossier fotográfico de unidades ocultas6%
- Ampliación del plazo de garantia10%
Requisitos y Solvencia
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No estar incurso en incompatibilidades
- Capacidad de obrar
- Volumen anual de negocios
Volumen anual de negocio del licitador o candidato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a 131.404,95 euros (una vez el valor estimado del contrato), conforme al artículo 87.1.a) de la LCSP. Este umbral se sitúa por debajo del límite máximo de una vez y media el valor estimado que permite dicho precepto, por considerarse suficiente y proporcionado a la naturaleza y cuantía de la obra. Se acredita mediante las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, o en el registro oficial en que deba estar inscrito el empresario; los empresarios individuales no inscritos lo acreditarán mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados. Cuando el operador económico no esté en condiciones de presentar dichos documentos por causa válida, podrá acreditar su solvencia por cualquier otro documento que el órgano de contratación considere apropiado (art. 86.1 LCSP).
- Relación de principales suministros (OSR)
Relación de las obras de edificación ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 91.983,47 euros, equivalente al 70 por ciento de la anualidad media del contrato (art. 88.1.a y 88.3 LCSP). No se exige que ninguna obra alcance individualmente importe mínimo alguno: el requisito se cumple por acumulación de los importes ejecutados en el año de mayor ejecución. Se consideran obras de edificación las correspondientes al grupo C de la clasificación de contratistas de obras, así como aquellas cuya codificación CPV pertenezca a la división 45.2. Al menos una de las obras relacionadas deberá corresponder a intervención sobre edificio existente (obras de rehabilitación, reforma, restauración, consolidación o mejora de la envolvente de edificaciones preexistentes), sin exigencia de importe mínimo individual para esa obra, dada la naturaleza del inmueble objeto del contrato (caserío histórico). Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, podrán tenerse en cuenta las obras ejecutadas en los últimos diez años. Se acreditará mediante certificados de buena ejecución, que indicarán importe, fechas y lugar de ejecución, conforme al modelo 2 del Anexo 5 del PCAP. Cuando el destinatario haya sido un sujeto privado, la acreditación podrá realizarse mediante certificado expedido por este o, en su defecto, declaración del empresario acompañada de los documentos que acrediten la prestación. Las empresas de nueva creación (antigüedad inferior a cinco años) acreditarán su solvencia técnica por los restantes medios del artículo 88.1, sin que resulte de aplicación la letra a).
- Consideraciones de tipo medioambiental
Obligaciones ambientales: uso de maquinaria de bajo impacto y consumo energético eficiente, gestión y reciclaje de residuos conforme a plan aprobado, prohibición de vertidos incontrolados, limitación de plásticos de un solo uso, minimización de ruidos y vibraciones. Constituye obligación contractual esencial (art. 211.1.f LCSP) — Cláusula 11.1 del PCAP.
- Consideraciones de tipo social
El contratista deberá contar con Plan de Prevención de Riesgos Laborales implantado y recurso preventivo, remitiendo informe al Responsable del Contrato a la recepción de las obras
Descubre si esta licitación encaja contigo
Documentación oficial adjunta (7)
- PDFPCAP envolvente termica copia.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPLIEGO TECNICO.PDFPliegos y anexos oficiales
- PDFAPROBACION NUEVOS PRECIOSPliegos y anexos oficiales
- PDFPROYECTOPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFInforme no division en lotesPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoObras
- CategoríaCPV 45320000
- Expediente155/2026
- Publicado14 sept 2026

