Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete
Castilla-La Mancha
EXPTE 42/2026. Contrato de Obras para sustitución de pista de baloncesto por voley playa.
Resumen del contrato
EXPTE 42/2026. Contrato de Obras para sustitución de pista de baloncesto por voley playa.
Criterios de Adjudicación
- 10.2.2.2.- Segundo criterio: Aumento periodo de garantía15%
- 10.2.2.1.- Primer criterio. Precio70%
- 10.2.2.3.- Tercer criterio: Condicionantes de mantenimiento15%
Requisitos y Solvencia
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Muestras, descripciones y fotografías
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Capacidad de obrar
- Parte a subcontratar
Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- No estar incurso en incompatibilidades
- No prohibición para contratar
- Volumen anual de negocios
CRITERIO: VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos, uno de ellos deberá ser al menos igual o superior al valor estimado del contrato (110.849,59 euros) Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro Mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo)
- Requisito
B) EMPRESAS QUE SEAN DE NUEVA CREACIÓN (antigüedad inferior a cinco años): UNICO CRITERIO. - PERSONAL TÉCNICO ó UNIDADES TÉCNICAS, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. Requisito mínimo: Un técnico encargado del control de calidad. Medio de acreditación: Declaración responsable de los medios personales que dispondrá el licitador para la ejecución del contrato, con la titulación, experiencia del técnico encargado en el control de la calidad de las prestaciones objeto de los contratos que hayan realizado y vinculación con la empresa
- Requisito
7.3. SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL: 7.3.1.- EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN: 1º CRITERIO.EXPERIENCIA EN LA REALIZACIÓN DE OBRAS de mismo tipo o naturaleza del objeto del contrato Requisito mínimo: Ejecución en los ÚLTIMOS CINCO AÑOS de una obra de características similares y de igual o superior importe al valor estimado del contrato (110.849,59 euros) Medio de acreditación: Relación de obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza del objeto del contrato, avalada por certificados de buena ejecución para las más importantes; estos certificados indicarán los importes, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. 2º CRITERIO. - PERSONAL TÉCNICO ó UNIDADES TÉCNICAS, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. Requisito mínimo: Un técnico encargado del control de calidad. Medio de acreditación: Declaración responsable de los medios personales que dispondrá el licitador para la ejecución del contrato, con la titulación, experiencia del técnico encargado en el control de la calidad de las prestaciones objeto de los contratos que hayan realizado y vinculación con la empresa
- Consideraciones de tipo social
Considerando que se trata de la ejecución de obras, y que el sector de la construcción presenta un índice de siniestralidad superior a la media y con el objeto de ser más cuidadoso en los temas relacionados con la seguridad y salud en los lugares de trabajo. Conforme lo dispuesto para la condición especial de ejecución recogida en el artículo 202.2 de la Ley 9/2007...VER PAGINA 67 DEL PCAP
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Documentación oficial adjunta (9)
- PDFPCAP 42-2026.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPROYECTO_OBRA_42-2026.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFInforme de insuficiencia de mediosPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXOSPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoObras
- CategoríaCPV 45214200
- Expediente1588000F
- Publicado24 sept 2026

