Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pontevedra
Galicia
Contratación de los servicios de delegado de protección de datos y actualización y mantenimiento del cumplimiento de la normativa de aplicación en materia de protección de datos personales del Ayuntamiento de Pontevedra.
Resumen del contrato
Contratación de los servicios de delegado de protección de datos y actualización y mantenimiento del cumplimiento de la normativa de aplicación en materia de protección de datos personales del Ayuntamiento de Pontevedra.
Análisis del pliego
Licitación del Ayuntamiento de Pontevedra para la contratación del servicio de Delegado de Protección de Datos (DPD) y mantenimiento normativo, con un presupuesto base de 37.866,22 € (sin IVA) y un valor estimado de 94.665,55 € que contempla hasta 3 años de prórroga. El procedimiento es abierto simplificado con criterios de adjudicación 100% automáticos (85% precio y 15% reducción de plazo de informes). Se exige solvencia técnica basada en experiencia previa en servicios similares del CPV 72 y un equipo mínimo con titulación en Derecho y certificación ENAC de DPD.
Criterios de Adjudicación
- Criterio automático relacionado con el menor plazo para la emisión y remisión de informes15%
- Oferta económica85%
Requisitos y Solvencia
- Volumen anual de negocios
Según lo establecido en el artículo 87.3.a) de la LCSP, la solvencia económica y financiera se acreditará mediante el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser igual o superior a la anualidad media prevista para el contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
- Relación de principales suministros (OSR)
Según lo establecido en el art. 90 de la LCSP, la solvencia técnica o profesional se acreditará mediante la experiencia en la prestación de servicios del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los trabajos efectuados por el interesado en el curso de los 3 últimos años correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corres - ponde el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, sin incluir IVA. A los efectos de acreditar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación su solvencia técnica se acreditará mediante declaración debidamente firmada por el licitador sobre la plantilla media anual de la empresa, que como mínimo se corresponderá con la adscripción mínima de medios exigida para este contrato.
- Capacidad de obrar
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Documentación oficial adjunta (6)
- PDFPPT pd.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP pd.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoServicios
- CategoríaCPV 72300000
- Expediente2026/ABSS/000003
- Publicado07 ago 2026

