Gerencia de la Fundación Marqués de Valdecilla
Cantabria
Contrato para la adquisición de sillones clínicos eléctricos para la donación de plasma por plasmaféresis para el Banco de Sangre y Tejidos de Cantabria (BSTC) de la Fundación Marqués de Valdecilla (FMV).
Resumen del contrato
Contrato para la adquisición de sillones clínicos eléctricos para la donación de plasma por plasmaféresis para el Banco de Sangre y Tejidos de Cantabria (BSTC) de la Fundación Marqués de Valdecilla (FMV).
Criterios de Adjudicación
- Precio75%
- Ampliación plazo de garantía15%
- Reducción del tiempo máximo de reparación10%
Requisitos y Solvencia
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No estar incurso en incompatibilidades
- Volumen anual de negocios
El licitador clasificado en primer lugar deberá acreditar un volumen anual mínimo de negocios de 30.000,00 euros en el mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
- Requisito
El licitador clasificado en primer lugar deberá aportar un mínimo de tres certificaciones de buena ejecución de suministros relacionados con el objeto del presente pliego, expedidos por los destinatarios de estos, durante los tres últimos años, indicando su importe y fechas. Las EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN que no estén en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se les autorizará a acreditar esa misma solvencia técnica mediante certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas técnicas.
- Consideraciones de tipo medioambiental
Se considera condición especial de ejecución del contrato, en los términos previstos en el artículo 202 de la LCSP, la obligación del adjudicatario de utilizar embalajes reciclables y/o reutilizables para la entrega de los productos objeto del suministro, a cuyo efecto los licitadores deberán indicar en su oferta los materiales utilizados.
Descubre si esta licitación encaja contigo
Documentación oficial adjunta (7)
- PDFreport_PLIEGO SILLONES AFERESIS 09 2026.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFreport_PPT SILLONES AFERESIS 9 2026.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFDiligencia rectificación fecha límite presentación ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoSuministros
- CategoríaCPV 33192000
- ExpedienteFMV/BSTC/NO SARA P. AB. 09/2026
- Publicado17 sept 2026

